La democracia tiene que nacer de nuevo cada generación, y la educación es su comadrona
John Dewey
Podemos crear un modelo parlamentario basado en un sistema electoral de mayoría? Atendiendo al desarrollo de cada Estado y a la realidad política de nuestro entorno, no existe, ni muchísimo menos, una imposibilidad fehaciente en promover un parlamentarismo cuyos miembros sean elegidos por un sistema de mayoría. Tan sólo con echar un vistazo a Europa y al resto de países democráticos entendemos la máxima que venimos repitiendo: existen tantos modelos democráticos como Estados libres existan. Todos deben mantener las leyes fundamentales que definen a la democracia, pero de ahí en adelante, cada sociedad lo articula de una determinada manera. Sí es cierto que, para mantener la coherencia con estas leyes fundamentales, que pueden no ser conmutativas, conviene recordar lo que ya hemos repetido: el régimen político determina el régimen electoral, en tanto en cuanto es este el que determina el peso de cada uno de los poderes.
El régimen parlamentario permite diversos modelos de sistemas electorales. Los encontramos con un modelo de mayoría, proporcional, de elección directa…
F
rancia es un paradigma de sistema semipresidencialista. Este modelo, que lo comparten Austria o Portugal, une directamente los dos sistemas electorales. Francia cuenta con un parlamento representativo elegido empleando la Ley D´hondt en función a los votos obtenidos en cada distrito electoral. Aquí vemos cumplido la teoría de que aquel partido que obtenga un tanto por ciento de los votos obtendrá, ceteris paribus, el mismo porcentaje de escaños en la asamblea. Hasta aquí, idea conocida. Sin embargo, el modelo francés optó por una elección directa de su jefe de Estado. Mientras en España el Jefe de Estado no es elegible en elecciones, sino por vía parlamentaria acorde al mecanismo de sucesión recogido en la Constitución del 78, y mientras el presidente del gobierno, la cabeza política indiscutible del Estado, es elegido por el parlamento, en Francia, el Jefe del Estado, el Presidente de la República, es elegido de manera directa por el votante.
En España o Reino Unido, presidente del gobierno y primer ministro son elegidos de manera indirecta: el elector vota a unos representantes a la cámara los cuales, en votación, eligen, en nuestro nombre, al jefe de gobierno. En Francia no. Allí, como en Estados Unidos, hay dos comicios: electorales y presidenciales, que se dan en momento
s diferentes. Las presidenciales son sencillas: en una primera vuelta se presenta todo aquel que quiera/pueda. De estos, los dos que hayan obtenido la mayoría de los votos, pasan a la segunda vuelta donde, ahora sí, el que más votos tenga es el presidente electo –recordemos que en EEUU sólo hay una vuelta-. Aquí el recuento es directo y sencillo: un elector, un voto. ¿Por qué? Porque no se trata de crear un esquema poblacional representativo, sino que se trata de elegir a uno o a otro, a una persona que ejerza las funciones de jefatura de Estado acorde con las leyes.
El presidente de la República Francesa es, probablemente, el jefe de Estado con más poder dentro de los regímenes democráticos, muy por encima del de Estados Unidos
¿Por qué, entonces, es semipresidencialismo? No vamos a desarrollarlo en profundidad dado que este modelo, y más concretamente el francés, es un régimen muy complicado –vale, hablaremos de ellos en otro artículo-. Decir, que ese prefijo semi alude a un complejo entramado de competencias compartidas entre la cámara y el presidente, como por ejemplo, la elección de primer ministro: propuesto por presidencia pero aprobado por la Asamblea. Ejemplos como este, el presidencialismo ni los huele. Obviamente, el jefe de gobierno tiene menos competencias y poderes que sus homólogos en España o UK. (http://www.assemblee-nationale.fr/ )
El de Estados Unidos peca de ser todo lo contrario: tal vez, uno de los que menos poder tenga –contrario a lo que piensa la cultura popular-
¿Y qué pasa con los británicos? Los padres de la democracia parlamentari
a tienen el modelo más simple y complejo de todos. Cuando en Ciencia Política se habla del “parlamento soberano” en Reino Unido se acerca a ser cierto. Un país que no cuenta con constitución escrita, tiene el honor de ser el régimen democrático más antiguo. Sin entrar a analizar sobre si su estabilidad se basó en tener constitución o panorama consuetudinario, lo cierto es que el parlamentarismo británico ha pasado por encima
de los planteamientos representativos del sistema D´hondt. Su configuración se realiza por el mismo sistema de mayoría que la Cámara de Representantes de Estados Unidos. Aquí se llama Cámara de los Comunes y está compuesta por seiscientos cincuenta escaños, uno por cada distrito, por el que se presentan varios candidatos de los que sólo ganará uno: el que tenga la mitad más uno de los votos. Esta cámara elige al primer ministro. Tenemos, por tanto, una diferencia crucial con otros parlamentos, como el neerlandés, italiano o español: los miembros no son elegidos por listas cerradas y bloquedas, como en España sino que, al igual que en EEUU, cada candidato a diputado por un determinado distrito, hace campaña y obtiene el voto directamente del elector. Curiosos, aquí: http://www.parliament.uk/
Pero hay algunos modelos que lo complican todavía más. Los alemanes, técnicos expertos en hacer complejo lo que es sencillo, optaron por aplicar las dos vías al mismo tiempo. Alemania es una república parlamentaria –oficialmente, República Federal-. El ciudadano configura un parlamento que elige al canciller, por un lado y, cuando toca, elige al presidente de la república. También tiene dividido el territorio en distritos electorales y también se configura este po
r medio de la ley D´hondt, pero sólo la mitad.
Un alemán introduce dos votos: uno con la lista del partido, de una manera más o menos similar a cómo están configuradas nuestras listas; otra, con el nombre del diputado que representará al distrito en cuestión. Sí, Alemania configura la cámara atendiendo al sistema de mayoría y al pro
porcional. Unas se cuentan con D´hondt y otras con mayorías simples. El Canciller alemán tiene unos poderes similares a nuestro presidente del gobierno, si bien con un aspecto superior, toda vez que este, el canciller, aun dependiendo de parlamento, no es primer ministro de nadie. Atrevidos, aquí: http://www.bundestag.de
Para terminar, vámonos al otro lado del Mediterráneo. Israel, otra república parlamentaria donde optaron por adaptar el modelo. Su parlamento está configurado atendien
do a un distrito electoral único, lo que facilita el recuento de votos empleando también la Ley D´hondt. Sin embargo, este parlamento no elige al primer ministro, sólo elige al presidente de la república. El jefe de gobierno, primer ministro, es elegido mediante unas elecciones presidenciales al modelo francés, con la gran diferencia de que no se elige al jefe de Estado, sino al jefe del gobierno, en unas elecciones distintas a las legislativas.